Dadas las altas temperaturas
que se están dando en nuestra geografía, con temperaturas medias superiores a
30º y considerando la previsión meteorológica de AEMET como zona
de RIESGO por calor en una buena parte de las poblaciones de la provincia, se recomienda a las distintas empresas que
realicen actividades al exterior que adopten las medidas oportunas para
proteger, en la medida de las posibilidades, a los trabajadores de las
inclemencias meteorológicas y evitar riesgos por GOLPE DE CALOR.
Del mismo modo
debe proporcionarse agua potable en cantidad suficiente a los
trabajadores.
Algunos Convenios sectoriales, como el de
la Construcción, hacen referencia a dichas circunstancias:
- Artículo 185.‐ Factores atmosféricos.
Deberá protegerse a los trabajadores
contra las inclemencias atmosféricas que puedan comprometer su seguridad y su salud.
Cuando las temperaturas sean extremas,
especialmente en las conocidas “olas de calor” causantes de graves consecuencias para la salud, por
parte de la representación sindical se podrán proponer horarios distintos
que permitan evitar las horas de mayor insolación.
Asimismo, se dispondrá en las obras de
cremas protectoras de factor suficiente contra las inclemencias atmosféricas tales como la irradiación
solar.
- Artículo 246.‐ Suministro de agua.
En la obra, los trabajadores deberán
disponer de agua potable en cantidad suficiente, tanto en los locales que
ocupen como cerca de los puestos de trabajo.
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